Condominios por construir en malecón de La Paz sí son irregulares; PDU lo marca: Expertos

En Baja California Sur, y en consecuencia los Ayuntamientos, apenas están el proceso de adecuar los marcos normativos de la Ley General de Asentamientos Humanos y Ordenamiento Territorial; y, hasta ahora, se va retrasado en el tema
Comparte esta noticia en:

La Paz, Baja California Sur (BCS). Luego de haberse dado a conocer el caso de la construcción de un edificio de condominios en el malecón de la Capital del Estado, el cual supera los niveles o pisos permitidos por la ley, el Ayuntamiento de La Paz aseguró que dicha construcción está de manera regular; pero, tanto el presidente de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, Tito Fenech Cardoza, y al Observatorio Ciudadano Cómo Vamos La Paz, señalan que el argumento dado por las autoridades no es el correcto, considerando que sí hay una irregularidad en los permisos.

“El Reglamento de Imagen Urbana está mal aplicado. De la misma manera, el propio Reglamento de Imagen Urbana, independientemente de eso, te condiciona el entorno, y aledañamente no hay edificios de esa magnitud en altura; por lo tanto, creo que fue mal aplicado si quieren justificar con el Reglamento de Imagen Urbana […] el argumento que dieron no es el correcto”, dijo Fenech Cardoza en una primera instancia.

En seguida, explicó que esto se debe a que el Ayuntamiento de La Paz se está basando su justificación en una ley que todavía no está vigente –aunque está en proceso de actualización en los Municipios y Estados –; por lo tanto, debió de haberse utilizado su sustento en la Programa de Desarrollo Urbano (PDU), pues éste está por encima de cualquier reglamento.

“El Programa de Desarrollo Urbano para el centro de población de La Paz indica que son 4 niveles ahí en esa franja del malecón […] el programa de Desarrollo está a nivel de ley por el proceso de creación que tuvo; es decir, debe de tratarse como si fuera una ley.

“Eso da como consecuencia varias cosas, número uno, que está por encima de los reglamentos municipales, porque por ahí lo trataron de justificar con el Reglamento de Imagen Urbana, que hubo una modificación hace algunos años donde puede aumentar la altura del edificio respecto al ancho de calle; sin embargo, ese es un ordenamiento municipal y el Reglamento de Construcciones trae la misma condición, con otra fórmula, pero ese es un reglamento estatal”.

Fenech Cardoza, quien fuera director de Desarrollo Urbano en la anterior administración municipal, comentó que en Baja California Sur, y en consecuencia los Ayuntamientos, apenas están el proceso de adecuar los marcos normativos de la Ley General de Asentamientos Humanos y Ordenamiento Territorial; y, hasta ahora, se va retrasado en el tema.

“Leí una nota donde aplicaban la Ley General de Asentamientos Humanos y Ordenamiento Territorial […] la actualización en proceso del Programa de Desarrollo Urbano es sólo una de las medidas; sin embargo, como no se ha hecho, no puedes aplicar antes de lo vigente, y ahorita marca que son 4 niveles, hasta que modifiques los ordenamientos. De hecho, en los transitorios de esa misma Ley, indica que tienen los Ayuntamientos y los Estados, en algunos casos 6 meses y en otros casos hasta 2 años para adecuar el marco normativo a la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, y aquí Baja California Sur va un poquito atrasado en ese aspecto”, detalló.

Por su parte, Alma Cota Ojeda, directora de Investigación y Proyectos de Cómo Vamos La Paz, asociación que dio a conocer el caso por medio de diversas solicitudes de información a la autoridad municipal sobre el tema, aseguró que se mantienen en la postura de que existe una irregularidad en el otorgamiento de dicha licencia de construcción.

“Sí, de hecho, la documentación que nosotros decidimos poner en la plataforma de transparencia así lo demuestra”. Asimismo, coincidió con el presidente de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, acerca de que el PDU está por encima de cualquier reglamento; en ese sentido, destacó que será en ese punto donde se inicie una pugna legal.

“Cuando exista un PDU, un Programa de Desarrollo Urbano, este tiene supremacía sobre el reglamento […] y éste marca que son 4 niveles; esa es precisamente la disyuntiva […] ahí es donde viene la batalla legal para poder comprobar que sea justificación de que ese concepto jurídico no es suficiente”.

Finalmente, Cota Ojeda dijo que no solamente se han basado en la investigación o solicitudes de información que el Observatorio Ciudadano ha realizado, sino que han recibido opiniones de otras asociaciones, como el mismo Colegio de Ingenieros Civiles en Baja California Sur.

“Recibimos esta semana opiniones del Colegio de Ingenieros, recibimos opiniones de varios urbanistas y todos van a lo mismo, la licencia no debió otorgarse; pero, obviamente, el Ayuntamiento busca cómo justificarla”.

En el comunicado que envió el Ayuntamiento de La Paz haciendo la aclaración del tema, y aseverando que es regular la construcción, señalan al Artículo 33 del Reglamento de Imagen Urbana como el que permite la altura de más de 4 pisos; pero, éste sólo habla de “puertas y ventanas”.


Comparte esta noticia en:
×