Curso de 4 meses para curar gays no es discriminatorio, pero reproduciría prejuicios: Conapred

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La Paz, Baja California Sur (BCS). El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) dio respuesta a una queja en contra del Frente Nacional por la Familia en el Estado de Baja California Sur y el también psicólogo, Everardo Martínez Macías, quien el pasado 19 de mayo dijo que “podía curar la homosexualidad en 4 meses”; en ésta, señala que “no se materializa un acto discriminatorio ni la incitación al odio” hacia las personas de la comunidad Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgéneros (LGBT), pero sí “preocupa” el respeto y tolerancia de los derechos de las personas de la diversidad sexual, pues podrían estar reproduciendo prejuicios y estereotipos negativos.

En el documento, que fue en respuesta a la queja emitida por emitida por el psicólogo Emmanuel Villela Estrada, se lee lo siguiente: “El 23 de mayo de 2017, se recibió en la Jefatura de Departamento de Orientación de la Dirección de Admisibilidad, Orientación e Información, adscrita a la Dirección General Adjunta de Quejas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), 13 planteamientos de diversas personas […] entre ellos el de Usted, en los que, entre otras cosas se señaló su inconformidad sobre el movimiento realizado por la organización denominada Frente Nacional por la Familia en el Estado de Baja California Sur […] porque se llevó a cabo una reunión donde se publicitó ‘un curso para curar la homosexualidad’ a través de ‘terapias de conversión’ (hecho por) el licenciado en psicología Everardo Martínez Macías, (realizando) los siguientes comentarios:

“Yo lo considero más un síntoma que enfermedad, es resultado de una serie de carencias emocionales que producen eso, cuando esas carencias emocionales se quitan, la atracción homosexual desaparece absolutamente”, “Sí, absolutamente, no solo la homosexualidad se quita, sino que la heterosexualidad se desarrolla son dos cosas diferentes. En eso ha habido mucha desinformación desafortunadamente, una cosa es quitar la homosexualidad y la otra desarrollar la heterosexualidad…yo te quito la homosexualidad… Son tres factores, el grado de daño, los recursos humanos con lo que cuente y el grado de voluntad que tenga la persona”. “Ahora, los sentimientos es algo que asociamos a un tener, no a un ser… por tanto, hay personas que tienen un sentimiento de atracción homosexual, ese sentimiento de atracción homosexual es el que tiene causas psicológicas que, si resuelven se revierte absolutamente”.

En el mismo, se determinó que el caso tenía dos enfoques, el derecho a la no discriminación – que por parte del quejoso – y la libertad de expresión – derecho que la misma organización del Frente Nacional por la Familia en BCS tiene, en el cual señala que no se puede considerar que se está en presencia de un presunto acto de discriminación; y, por otro lado, tampoco se acredita que se haya incitado a algún tipo de acto de violencia u odio en contra de la comunidad LGBT.

“[…] para poder determinar si los hechos manifestados por Ustedes exponen presuntas conductas discriminatorias, requisito mínimo de admisibilidad de conformidad con el artículo 50 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, fue necesario realizar el siguiente análisis de las manifestaciones y actos realizados por el Frente Nacional por la Familia, desde dos enfoques: el derecho a la no discriminación y la libertad de expresión, ya que ambos derechos confluyen en el presente caso.

[…] En ese contexto y de conformidad con el planteamiento realizado respecto a los discursos, cursos, conferencias, pláticas y demás eventos en contra del matrimonio de parejas del mismo sexo, sobre la adopción por parte de familias homoparentales y sobre la publicitación de ‘un curso para curar la homosexualidad’ a través de las ‘terapias de conversión’, realizadas por el Frente Nacional por la Familia, de conformidad con el artículo 1, párrafo segundo, fracción III de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se precisa que este Consejo Nacional no puede considerar que se está en presencia de un presunto acto de discriminación, pues con la simple exteriorización de los discursos, expresiones, publicitaciones; así como de las manifestaciones realizadas por el licenciado en psicología Everardo Martínez Macías aunque podrían ser prejuiciosas, no se materializa un acto discriminatorio, pues no existen elementos para presumir que se haya presentado un efecto, es decir, que exista una relación directa (nexo causal) entre las manifestaciones realizadas por el Frente Nacional y la inminencia de que se produzca un acto de violencia en contra de dichos sectores de la población”.

“[…] para este Consejo no es posible acreditar que haya existido una invitación por parte del emisor del discurso de incitar a que se realizaran actos de violencia o de odio en agravio de dicho sector de la población, pues en ninguna de las manifestaciones se hizo un llamamiento a la sociedad de atentar contra la integridad personal o la vida de las personas LGBTI, o bien, obligarlas o coaccionarlas para a asistir a dichas ‘terapias de conversión”, añade el documento emitido por la Conapred.

Asimismo, destaca que “pese a que algunas de las personas que conforman dicho Frente Nacional se pronuncian sobre que el matrimonio natural es el de hombre y mujer o en contra de la adopción por parte de familias homoparentales, ya que según su postura atenta contra la ‘familia natural’, o bien, a favor de la promoción de sus discursos, cursos, conferencias, pláticas y demás eventos de ‘terapias de conversión’, no se acredita que la intención de las mismas, así como su resultado, haya sido promover a que se realicen actos de violencia en agravio de las personas LGBTI”.

Por el contrario, el Conapred resaltó que les “preocupa” que el discurso dado por el psicólogo del FNF podría estar “reproduciendo prejuicios y estereotipos negativos: “No obstante ello, pese a que el citado discurso realizado por las personas integrantes del Frente Nacional por la Familia y el licenciado en psicología Everardo Martínez Macías no alcanzan el umbral de un discurso de odio, sin embargo, preocupan en términos del respeto y tolerancia de los derechos de las personas de la diversidad sexual, y podrían estar reproduciendo prejuicios y estereotipos negativos”.

Es por ello por lo que dicho Organismo exhortó al coordinador del Frente Nacional por la Familia en el Estado de Baja California Sur – que en este caso es Alan Loubet – a que “con fundamento en los artículos 17, fracciones I y II, y 20, fracción XIX de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, mediante el oficio ORIENTA-146-17 […] se adopten las concepciones y fundamentos basados en fuentes oficiales en dicho oficio en sus discursos, cursos, conferencias, pláticas, prácticas y demás eventos que en el futuro convoque el Frente Nacional por la Familia, donde se aborden los temas de preferencia u orientación sexual e identidad o expresión de género”.

En el mismo documento, se explica que no hay un número exacto de personas que integran al Frente Nacional por la Familia, puesto que es una agrupación de personas de la sociedad civil que está organizada en 26 estados del país y que son “particulares” emitiendo expresiones o manifestaciones sin representación de alguna institución.

“Las expresiones, manifestaciones, reuniones y/o conferencias en contra del matrimonio igualitario, la adopción por parte de familias homoparentales y promoción de ‘terapias de conversión’ se originaron por parte del Frente Nacional por la Familia de Baja California Sur, sobre lo cual no se tiene un número exacto de personas que participan en las mimas.

“La conformación de dicho Frente Nacional, son personas de la sociedad civil organizada en 26 Estados de la República, creada en ‘respuesta’ al paquete de iniciativas del presidente Enrique Peña Nieto, de 17 de mayo de 2016, a favor del matrimonio igualitario.

“De lo anterior se desprende que las personas que conformaron el citado Frente Nacional son particulares que no están investidos de ningún poder público, pues quienes participan en dichas expresiones, manifestaciones, reuniones y/o conferencias lo hacen a título personal, sin hacerlo en representación de ninguna institución gubernamental, con la finalidad de sostener su postura acerca de un debate público que se suscita en el país”.

Finalmente, el Conapred expresó su preocupación respecto a las “terapias de conversión”, ya que “de conformidad con los estándares y pronunciamientos nacionales e internacionales antes mencionados, se establece que la orientación o preferencia sexual es un componente inseparable de los derechos a la sexualidad, a la salud, al libre desarrollo de la personalidad, al reconocimiento de la identidad o expresión de género y a un trato digno, siendo una categoría protegida contra la discriminación […] por ello se refuerza que ninguna norma, decisión o práctica sea por parte de autoridades o por particulares puede restringir de modo alguno los derechos de una persona, a partir de su orientación sexual e identidad o expresión de género”.


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