Dan ultimátum al Gobierno de Los Cabos para que indemnice a exempleado despedido

En el Juicio de Amparo se determinó que el Ayuntamiento de Los Cabos tendrá que pagar la indemnización del antiguo trabajador, sin que ello obligue a reincorporarlo al centro de trabajo, sentencia que tendrá que ser cumplida el martes 13 de marzo
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Los Cabos, Baja California Sur (BCS). A más tardar el martes 13 de marzo, el Ayuntamiento de Los Cabos, encabezado por Arturo de la Rosa Escalante, tendrá que desembolsar más de 2 millones de pesos a un trabajador que ganó un juicio por despido injustificado; de no hacerse el titular será acreedor a una sanción económica, separado de su cargo o hasta sometido a juicio penal por desacato a una orden federal.

En ese sentido se informó que, de acuerdo con el expediente 440/2014, un elemento de la Dirección General de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito Municipal habría demandando laboralmente al Ayuntamiento después de que fuera de su área de trabajo, siendo alcalde Oscar René Núñez Cosío.

Posteriormente, en el juicio de amparo 206/2016 los abogados del Ayuntamiento no pudieron acreditar su negativa a cubrirle la indemnización solicitada por le trabajador.

Por lo anterior, con fecha del 6 de marzo del 2018, el Juzgado de Distrito en el estado de Baja California Sur emplazó por última vez al Presidente Municipal, Arturo de la Rosa Escalante, para que entregue la indemnización y demás prestaciones correspondientes, en base a lo previsto en el Artículo 123, apartado B, Fracción XIII de la Constitución Mexicana y de los criterios aplicables de la Suprema Corte de justicia de la Nación.

Foto: El Mundo Digital BCS

Cabe mencionar que, en el Juicio de Amparo -cuya copia posee El Mundo Digital BCS– se considera que la autoridad municipal tiene hasta el 13 de marzo para cubrir de indemnización del antiguo trabajador, sin que ello lo obligue a reincorporarlo al centro de trabajo.

Ademas refiere que, si el Presidente Municipal, que es reconocida como la máxima autoridad el Ayuntamiento de Los Cabos, no atiende este mandato de la autoridad federal, se iniciará un trámite de inejecución que puede culminar con la separación del cargo y su consignación.

“Hágase saber a las autoridades, que el incumplimiento de una ejecutoria de amparo constituye, tanto una infracción a la Ley de la materia, que será sancionada con la multa a la que ya se encuentra apercibidas, y con la separación del cargo del titular de la autoridad responsable, como la comisión de un delito, que se sanciona en los términos previstos en el artículo 198 y demás relativos a la Ley de Amparo”, refiere el documento.

Finalmente, la sentencia fue firmada por el Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, Andrés Gerardo Flores Martínez, misma que tendrá que ser cumplida el martes 13 de marzo del año en curso.

Con información de El Mundo Digital BCS 


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