Nueva Ley de Austeridad en BCS, dejaría sin escoltas al Gobernador del Estado

La Ley tendría como objetivo eficientar el uso de recursos públicos, no obstante, deja fuera el costo de servicios de escolta para el Jefe del Ejecutivo Estatal en Baja California Sur
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Este jueves 29 de noviembre se presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para crear la Ley de la Austeridad Presupuestal en Baja California Sur, medida que podría dejar sin escoltas al Gobernador, Carlos Mendoza Davis. 

Tiene como finalidad que los recursos económicos “no sean vistos como un botín o una forma de resolver la vida de unos pocos”, indicó el diputado Humberto Arce Cordero, asegurando que el Gobierno del Estado cuenta recursos escasos, por lo que «eficientar y racionalizar el gasto se convierte en un objetivo estratégico», dijo.

En ese sentido, el Artículo 7 precisa que el servicio de escolta sólo será para los servidores públicos con alta responsabilidad en materia de seguridad, procuración e impartición de justicia, mismo que será con cargo al erario.

Mientras tanto, en el Artículo 2, la propuesta establece que son sujetos al ordenamiento los poderes del Estado, organismos públicos autónomos, ayuntamientos y cualquier instancias que reciba o administre recursos públicos.

Por su parte, las remuneraciones que perciban todos los servidores públicos “deberá ajustarse a las disposiciones contenidas en los artículos 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el 164 de la Constitución Estatal”.

En cuanto al rubro de seguridad social, todos los servidores públicos del Estado de Baja California Sur “recibirán los beneficios del sistema público de seguridad correspondiente”.

Además, el Artículo 15 plantea que los servidores públicos no podrán hacer uso de recursos humanos o materiales en la entidad a su cargo para la realización de trabajos o prestación de servicios para beneficio personal.

Finalmente, se prohíbe el arrendamiento de vehículos terrestres o aéreos, salvo aquellos casos plenamente justificados e igualmente queda prohibida la contratación de servicios privados de aerotransporte.


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