Por obras en zona costera, Profepa clausuró construcción de residencia en Los Cabos

Tras una inspección, se detectó la remoción de arena de la duna costera, mimas que corresponde a un ecosistema colindante con la Playa Dorada; las obras llevaban un avance del 40 %
Comparte esta noticia en:

Los Cabos, Baja California Sur (BCS). Por efectuar obras en ecosistema costero, la Procuraduría Federal de Protección Ambiental (Profepa) clausuró una obra de construcción en un predio de más de 2,700 metros cuadrados en el municipio de Los Cabos, misma que se ubica junto a la Playa Colorada. 

En ese sentido, la dependencia informó que personal en la entidad realizó una visita de inspección en una residencia conocida como Casa Stellar, ubicada en La Ribera, la cual se construye en un predio de 2,274 metros cuadrados. 

Las obras detectadas consisten en un muro de contención, una residencia que ocupa aproximadamente 400 metros cuadrados y una alberca de 40 metros cuadrados, con un avance aproximado del 40 %. 

En la inspección se constató la remoción de arena de la duna costera, para la nivelación del terreno y desplante de las construcción; mismas que corresponden a un ecosistema costero, colindante con Playa Dorada. 

Por lo anterior, se solicitó la autorización de impacto ambiental que exige la legislación en la materia, para llevar a cabo obras y actividades consistentes en desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros; además, no se presentó la documentación relativa a la realización del cambio de uso de suelo forestal. 

Finalmente, para evitar que se continuara poniendo en riesgo los recursos naturales en el sitio, se procedió a imponer, como medida de seguridad, la clausura de las obras y actividades inspeccionadas, en conformidad con el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. 

La sanción por llevar a cabo obras y actividades sin contar con autorización de impacto ambiental, puede alcanzar una multa por el equivalente de 30 hasta 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171, fracción I, de la ley antes referida. 


Comparte esta noticia en:
×