Pese a cancelación de Los Cardones, minera todavía tiene oportunidad de revocar su sentencia y operar

“Cabe aclarar que nosotros no otorgamos el permiso, lo otorga la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, pero, obviamente, al tener la nulidad de la resolución, pues hay dos vías", dijo el Delegado de la Semarnat en BCS
Comparte esta noticia en:

La Paz, Baja California Sur (BCS). El delegado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en Baja California Sur, Iván Cázares Puig, informó que, tras la cancelación de la autorización que le dio dicha dependencia a la empresa minera de Los Cardones, en La Paz, por parte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, todavía continuará en proceso en el que se tiene que argumentar si ésta es válida o no, y así, darle una respuesta al proyecto minero.

“Sí, de hecho, la resolución, una vez que fue anulada, ahorita está en el proceso en el que se puede todavía argumentar, si va a quedar válida o no; una vez que se confirme esto, la Dirección General tiene que hacer una nueva resolución, fundada y motivada, para poder dar respuesta al proyecto”.

Cabe recordar que, luego de más de 3 años de que los ciudadanos sudcalifornianos iniciaran una lucha en contra de la aprobación de la entrada de la minería a cielo abierto en la media península, finalmente este 16 de marzo, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa les dio la razón, decidiendo que la autorización condicionada contenida en el oficio SGPA/DGIRA/DG-05124 que dio la Semarnat al proyecto minero a cielo abierto en la Reserva de la Biósfera de la Sierra de la Laguna, “Los Cardones”, fue anulada.

En este mismo sentido, Cázares Puig aclaró que el permiso a la minera no fue dado por la Semarnat en BCS, sino por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental en la Ciudad de México; además, indicó que, hoy, hay dos alternativas a seguir, una es que la dependencia argumente la resolución de la nulidad, o dar argumentos suficientes para que puedan ser debatidos.

“Cabe aclarar que nosotros no otorgamos el permiso, lo otorga la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, pero, obviamente, al tener la nulidad de la resolución, pues hay dos vías; una es recurrir a esta nulidad y que Semarnat argumente en lo que a su derecho corresponde, en relación a la resolución que se emitió en su momento.

“Otra, que los argumentos sean lo suficientemente robustos para que puedan ser debatidos y que se confirme la resolución”, agregó.

Tras esta resolución, la Semarnat deberá acatar cabalmente la orden de los magistrados, mismos que habrían sustentado el veredicto final, a favor de la ciudadanía sudcaliforniana que se pronunció en contra del desarrollo minero, fundamentados en el artículo 48 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), según consta el expediente 2522/15-EAR-01-3.


Comparte esta noticia en:
×