Presentaron en el Congreso de BCS proyecto para Ley en Materia de Desaparición Forzada

De aprobarse la Ley en Baja California Sur, el delito de desaparición forzada contempla penas de hasta 60 años de prisión
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Durante este martes 21 de mayo se presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para la creación de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, ordenamiento legal que busca distribuir las competencias y formas de coordinación entre autoridades para buscar a personas desaparecidas y no localizadas en Baja California Sur.

En junio de 2017 se detalló que del año 1999 a abril de 2015 “se han registrado 5,652 casos de desaparición de personas en Baja California Sur, según datos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

La propuesta impulsada por la única fracción parlamentaria del Congreso, es decir, Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), tiene como finalidad prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.

En la lectura de la propuesta, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas del Poder Legislativo, Pedra Juárez Maceda, dio a conocer que entorno nacional son unas 40,000 personas las que se encuentran desaparecidas, existiendo más de 1,100 fosas clandestinas con alrededor de 26,000 cuerpos sin identificar en servicios forenses.

“Esto nos da cuenta de la magnitud de la crisis humanitaria y de violación de los derechos humanos que estamos enfrentando y que debemos superar en nuestro país”, comentó la diputada.

De aprobarse la creación de la Ley para Baja California Sur, los delitos de desaparición forzada serán perseguidos de oficio y tienen carácter de permanente y serán imprescriptibles; quienes lo cometan no podrán recibir amnistía ni indulto. La pena establecida va desde los 40 a los 60 años de prisión y de 10,000 a 20,000 días de multa. En tanto que, la desaparición de personas cometidas por particulares prevé una pena de 25 a 50 años de prisión con multas de 4,000 a 8,000 días.

En ambos casos, los castigos se incrementarán en 50 % si “la víctima muere, pertenece a algún grupo vulnerable, es menor, mujer o adulto mayor o persona con discapacidad, defensor de los derechos humanos, o fue desaparecido debido a su preferencia sexual o con el propósito de ocultar otros delitos”, refiere el documento.


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