Alcalde de La Paz le pedirá 8 % de los ingresos del concierto de Emmanuel y Mijares al Estado

El Alcalde de La Paz aseguró que, por Ley el Ayuntamiento debe realizar ese cobro, aunque sea un evento con causa
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La Paz, Baja California Sur (BCS). El Alcalde de La Paz, Rubén Muñoz Álvarez comentó que, está considerando cobrar el 8 % de cada espectáculo que se presente en la ciudad capital tanto de entradas, como de la venta de vinos y licores; esto, aunque sea un evento con causa, motivo por el cual el Edil pedirá dicho porcentaje por el concierto de Emmanuel y Mijares, el cual se llevará a cabo el próximo 22 de febrero a beneficio de las Casas de Día de Loreto y Mulegé.

“No, en particular de ese concierto, lo que estoy poniendo en consideración y que lo dí a conocer: es que quiero que de todos los eventos que se hagan por organizaciones públicas o privadas en La Paz, como lo establece la Ley de Hacienda Municipal, que se tiene que cobrar el 8 % de las entradas y el 8 % de la venta de vinos y licores, a mí lo que me interesa es que ese beneficio sea específicamente para el deporte, pero no en particular con un concierto”, explicó el Munícipe.

En este sentido, recordó que lo anterior está estipulado en la Ley de Hacienda de La Paz, puesto que esta menciona que, los realizadores pagarán por el espectáculo un 8 % de la entrada bruta que genere todo aquel evento dedicado a la diversión pública.

“Los sujetos pagarán por concepto de este impuesto el 8 % de la entrada bruta que genere la diversión pública a que corresponda, siempre y cuando no estén obligados al pago del Impuesto al Valor Agregado”, refiere el documento.

Por lo anterior, Muñoz Álvarez manifestó que lo recaudado será destinado para fortalecer al Instituto del Deporte Municipal, con la finalidad de que a través de éste, los paceños puedan disfrutar de está ganancia.

Por último, es preciso recordar que la Ley de Hacienda Municipal, específicamente en el apartado de Impuesto Sobre Diversiones Públicas, también señala que el impuesto lo deben pagar aquellos espacios para la explotación de billares, mesas de dominó, bailes, etc.

“Igualmente es objeto de este impuesto, la explotación de billares, boliches, mesas de dominó, y otros juegos de estrado, squash, tenis, balnearios, kermeses, verbenas; así como la realización de cualquier otra actividad que tienda a proporcionar diversión al público”, concluye el apartado.


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