Aprobado. Familias en BCS podrán poner primero el apellido de la madre, si así lo desean

Foto: registraduría
La iniciativa se presentó en 2019 y, faltando unos meses para el cambio de Legislatura, finalmente fue aprobada por los diputados de Baja California Sur
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La Paz, Baja California Sur (BCS)Luego de un par de años de que se presentó una iniciativa de reforma, para que los padres de familia en Baja California Sur puedan modificar el orden del nombre en las actas de nacimiento, este jueves se aprobó en el Congreso del Estado diversas modificaciones al Código Civil.  

“El Juez del Registro Civil deberá especificar el orden de apellidos que acuerden los progenitores para los hijos e hijas del mismo vínculo. Si se desconoce el nombre de los padres, el Juez […] le pondrá el nombre y apellido, haciendo constar esta circunstancia en el acta”, refiere parte de lo aprobado.  

El dictamen fue dispensado en su segunda lectura y sometido a votación, mismo que abarca 7 iniciativas de reformas a los artículos 59, 66, 71, 145, 282 y primer párrafo del artículo 473, por mencionar algunos.  

Dentro de la reforma sobre el orden de los apellidos, se detalló que, en caso de que no haya acuerdo entre progenitores, el Juez dispondrá el orden de los apellidos, atendiendo al orden alfabético correspondiente.  

Por otro lado, cuando se busque la modificación o cambio del nombre propio o apellidos, para adecuarla a la realidad social; el cambio del nombre propio, se dará cuando le cause afrenta, sea infamante o lo exponga al ridículo.  

Por otro lado, los cónyuges que tengan hijos y no hayan liquidado la sociedad conyugal, deberán recurrir a solicitar el divorcio voluntario, cumpliendo con los requisitos previstos en el Código. En cuanto a las pensiones alimentarias, se detalló que cuando el acreedor lo solicite, el Juez deberá acordar la orden de descuento de los alimentos y deberá ser atendido por el responsable de la fuente de empleo.  

Asimismo, se contempla que el deudor de las pensiones alimentarias deberá informar cualquier cambio de empleo, denominación o razón social de su nuevo empleo, puesto o cargo que desempeñará a fin de cumplir con lo mandatado.  


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