Asegura Profepa 12 kilos de carne de venado en carretera La Paz – Todos Santos

La posesión de ejemplares, partes o derivados de la fauna silvestre sin demostrar su legal procedencia, se sanciona con decomiso del producto y multa de 50 a 50,000 veces el salario mínimo
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La Paz, Baja California Sur (BCS). La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), Delegación Baja California Sur, llevó a cabo en la primera semana de agosto el aseguramiento precautorio de 12 kilogramos de carne de venado y el vehículo donde se trasladaba, en un operativo realizado en la carretera La Paz – Todos Santos, por no acreditarse su legal procedencia conforme a la Ley General de Vida Silvestre (LGVS).

En atención a una denuncia ciudadana que alertó sobre el transporte de carne de venado, se lee en el boletín de prensa de la Profepa de BCS, se revisó un pickup que coincidía con las características del reportado, en el kilómetro 28+700 de dicho tramo carretero; en la cajuela, los inspectores descubrieron una hielera con carne de venado mezclada con carne de cerdo, además, también había indicios como sangre y pelaje de venado; en la denuncia ciudadana se hizo referencia a la cacería de un venado, lo cual fue publicado a través de Facebook, y que al día siguiente, a primera hora, la carne sería trasladada a Todos Santos para su venta.

Con base en los artículos 117 y 119 de la LGVS, sostiene Profepa, se aseguraron los 12 kilos de carne de venado consistentes en 2 extremidades anteriores, 2 extremidades posteriores, un trozo de espinazo; así la confiscación del pickup, color blanco, con placas de circulación ZNA-41-89, donde se transportaba el producto.

La ley lo prohíbe

En México, sólo las subespecies de venado Odocoileus hemionus cerrosensis y Odocoileus hemionus sheldoni, que se distribuyen en isla Cedros e isla Tiburón, respectivamente, se encuentran enlistados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 con categoría de en Peligro (P), la primera, y Amenazada (A), la segunda.

La LGVS establece que se requiere autorización expedida por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para el aprovechamiento extractivo de la fauna silvestre, y para la posesión de sus ejemplares, partes o derivados requiere acreditarse su legal procedencia, de conformidad con el artículo 51 de dicho ordenamiento y 53 de su Reglamento.

El calendario y épocas hábiles para el aprovechamiento extractivo a través de la caza deportiva para la temporada 2016-2017 establecidos por la Semarnat, para la especie venado bura (Odocoileus hemionus) en BCS, inicia el segundo viernes de diciembre de 2016 y termina el segundo domingo de marzo de 2017. La posesión de ejemplares, partes o derivados de la fauna silvestre sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia, se sanciona con decomiso de los ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre y multa por el equivalente de 50 a 50,000 veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción, concluye el comunicado de prensa de la Profepa de BCS.

Fotos: Profepa.


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