La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso de Baja California Sur, presentó una iniciativa para reformar la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios. Señalaron que, se busca agilizar la justicia laboral y evitar laudos e indemnizaciones que representan un quebranto económico a las instituciones públicas.
Detallaron que, el objetivo de esta iniciativa es agilizar los procedimientos de justicia burocrática y frenar los pagos elevados por concepto de laudos laborales que enfrentan los poderes públicos del estado y sus órganos autónomos,
Ante esto, la fracción parlamentaria de Morena resaltó que, se debe establecer que los servidores públicos de confianza tengan nombramientos exclusivamente temporales, sin derecho a estabilidad laboral, aunque conservando las medidas de protección al salario y acceso a la seguridad social.
De esta manera, manifestaron, se evita que, al concluir las administraciones estatales o municipales, estos funcionarios demanden pagos millonarios por salarios caídos o indemnizaciones, amparadas en vacíos legales.
Aseveraron que, que los recursos destinados al cumplimiento de estos laudos provienen del presupuesto público, afectando directamente a la prestación de servicios y al otorgamiento de estímulos a trabajadores de base.
También, se establece que, en los juicios iniciados por los trabajadores de confianza, en caso de un despido injustificado, el pago de salarios caídos será por un periodo máximo de 12 meses.
De otra parte, los procedimientos deberán realizarse en un plazo máximo de 12 meses, armonizando la duración del juicio con el límite para el pago de dichos salarios.
Cabe mencionar que, con esta iniciativa, el Tribunal Burocrático del Estado, podrá sancionar a abogados, representantes o litigantes que promuevan acciones notoriamente improcedentes o que tengan por objeto dilatar los juicios laborales.
Las multas irán de 100 a 1,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Finalmente, este proyecto aclara que los trabajadores de base no serán afectados por estas modificaciones, pues las leyes laborales reconocen una protección diferenciada y superior para este grupo.
Aquellos que serán excluidos son: los servidores públicos de elección popular directa, pues al cumplir con una función constitucional de representación, no guardan una relación de subordinación con los poderes o Ayuntamientos de la que son parte integrante y no dependientes, por lo tanto, al finalizar sus funciones, no tendrán derecho a recibir indemnización alguna.
Tampoco se considera a los miembros de instituciones policiales, peritos, agentes del Ministerio Público y personal de vigilancia en los establecimientos penitenciarios, así como quienes presten servicios mediante contratos civiles u honorarios.











