Cambian Ley para que Ayuntamientos nuevos de BCS puedan modificar llegando su Impuesto Predial

Ahora los Ayuntamientos de Baja California Sur que entran podrán determinar sus tablas de impuesto catastral y no los gobiernos salientes
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Esta tarde se presentó ante el recinto legislativo sudcaliforniano una iniciativa para reformar el artículo 8 de la Ley de Catastro para los Municipios de Baja California Sur, misma que fue aprobada por unanimidad; con ello, los gobiernos entrantes, tendrán la facultad de presentar sus propuestas para el impuesto predial a más tardar la segunda quincena de octubre.   

“Para el caso de las administraciones Municipales entrantes, las propuestas aludidas deberán ser aprobadas dentro de la segunda quincena del mes de octubre, para ser presentadas en la primera quincena del mes de noviembre”, refirió el documento.  

Al respecto, el diputado Luis Armando Díaz —impulsor del proyecto— argumentó que la disposición legal antes mencionada resultaba desmedida desde un punto de vista recaudatorio pues limitaba a los Ayuntamientos a proponer una propuesta de nuevos valores.  

Tras darse su primera lectura, por unanimidad se aprobó la dispensa del trámite legislativo, misma que recibió 20 votos a favor de los 21 legisladores presentes; esto, bajo argumentos de que facilitaría la transición entre administraciones.  

“(No es un aumento de impuestos) simplemente es el adelanto […] a lo que entiendo es que sea facultad de la administración entrante, la que tenga que formular el tema de los valores catastrales, que esté dentro de su facultad, para que pueda establecer en sus 3 años de administración, precisamente el presupuesto planteado.  

“No hay ningún impuesto que se va a autorizar, van a entrar enviadas por las administraciones entrantes, pero nosotros vamos a tener la facultad de valorar si se incrementa, si decidimos si se queda el valor inflacionario el que se queda […] es facultad de nosotros”, explicó el exalcalde y ahora diputado de Baja California Sur, Armando Martínez Vega al someterse a análisis la iniciativa.  

Cabe mencionar que, anteriormente, el artículo establecía que los Ayuntamiento debían presentar sus propuestas de tablas de valores catastrales con las que se regirían el año siguiente a más tardar la primera quincena del mes de septiembre (es decir, con la administración saliente). En caso de no hacerlo y, en el año en que correspondía el cambio del Gobierno Municipal, se contemplaba únicamente aplicar la inflación del periodo anterior. 


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