Con argucias legales culpan al policía de disparar contra el despachador de gasolina: defensa

El video del atentado es la prueba única para encarcelar al policía, la juez ha omitido las pruebas negativas de rodizonato de sodio
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La Paz, Baja California Sur (BCS).- Con argucias legaloides, a base de procrastinar resoluciones judiciales y gracias a una “mala interpretación de parte de las autoridades”, la Procuraduría General de Justica del Estado (PGJE) y la titular del Juzgado III de lo Penal, Rosario Palacios Montaño, “se lavan las manos” en el caso del despachador de la gasolinera El Esterito, asegura la defensa del oficial culpado del crimen, encabezada por el abogado Arturo Rubio Ruiz.

El defensor recordó que según pruebas de la propia PGJE, el despachador de gasolina, Luis Eduardo Niño de Rivera, dio positivo en las pruebas de rodizonato de sodio, mientras que el policía municipal, Ramón Alejandro Contreras Sánchez, resultó negativo, sin embargo el Juzgado III se basa únicamente en el video para culpar al oficial, asegura, con el fin de delegar la responsabilidad del caso a los magistrados.

“La procuraduría utilizó el método científico de búsqueda de residuos de deflagración más moderno con que contamos en México, que es la prueba de rodizonato de sodio, esto generó en las manos del occiso positivo en ambas manos, tanto en las palmas como en los dedos, eso nos quiere decir que quien disparó el arma fue el occiso, porque en el caso del policía salió negativo en ambas zonas palmares y en ambas zonas digitales”, explicó Rubio Ruiz, mostrando que aunque el policía presentó positivo en un antebrazo, esto revela simplemente que “estuvo muy cerca de la detonación” pero que “no disparó”.

“La juez dice que ella, al examinar el video, ve la mano extendida del policía, y es cierto que en el video se ve la mano extendida del policía, pero después del disparo […] Es una argucia legaloide que utilizan para hacer válida la presunción […] Es procrastinar una resolución: ‘yo me lavo las manos y que el juez resuelva’; después la juez se lava las manos y dice ‘que resuelva el magistrado’; por lo que ahora vamos a ver con qué valor civil y con qué valor social el magistrado resuelve a no”.

Por último, Arturo Rubio dejó claro que tampoco se trato de un suicidio por parte de Niño de Rivera, pues “un suicidio implica un acto de voluntad de quitarse la vida”, sin embargo esta “fue una muerte accidental, algo totalmente fortuito, dijo, para luego aclarar que “según lo dice la ley” la propia gasolinera debiera encargarse de “la indemnización” a la familia, pues “técnicamente este es un accidente de trabajo”.

 


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