Consigue Conanp extender 34,168 m2 protección de playas en Cabo Pulmo

La decisión se da luego de que una orden judicial ordenara a la Semarnat un nuevo resolutivo en el caso del megadesarrollo Cabo Cortés
Comparte esta noticia en:

La Paz, Baja California Sur (BCS). Por solicitud de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), el gobierno federal decidió extender el área de protección del Parque Nacional Cabo Pulmo.

A través de una figura jurídica contemplada en la legislación ambiental mexicana denominada Acuerdo de Destino, el Diario Oficial de la Federación (DOF) comunicó que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)autorizó que 20, 420. 30 metros cuadrados de Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) de la playa Chopitos se orientarán a protección y conservación de recursos naturales.

La Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) es un concepto contenido en las leyes mexicanas al considerarla como un bien del dominio público que forma parte del Patrimonio Nacional. Estará constituida por la faja de 20.00 metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a dichas playas.

Por otro lado, también se hizo del conocimiento que se protegerán 13,748.49 metros cuadrados de Zofemat en Playa Pulmo Sur. En total se cuidarán 34, 168.79 metros cuadrados.

El dictamen se dio a conocer este viernes 28 de noviembre de 2014 al concluir al determinar que el expediente 387/BCS/2012 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros era viable.

“Mediante oficio N° US/348/PU/2011, folio No. 684/2011, de fecha 19 de septiembre de 2011, suscrito por el Director General de Planeación y Desarrollo Urbano y por el Director Municipal de Planeación Urbana del H. Ayuntamiento de Los Cabos, en Baja California Sur, emitieron constancia que acredita la compatibilidad de uso de suelo para la solicitud de destino realizada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas”, expresó el documento.

El Acuerdo de Destino, definen expertos, lo emite la Semarnat para el uso y aprovechamiento de la Zofemat por parte de alguna entidad pública federal, estatal o municipal. No tiene fecha de vencimiento. No transmite la propiedad ni es transferible. No puede ocuparse en otra actividad que no sea la acordada, en este caso conservación y protección.

La decisión se da luego de que una orden judicial ordenara a la Semarnat un nuevo resolutivo a favor del megadesarrollo Cabo Cortés, el cual, fue cancelado por decreto presidencial en el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa.


Comparte esta noticia en:
×