Despenalizaron el ‘exceso de legítima defensa’ en Baja California Sur

Se podrá repeler una agresión que ponga en riesgo la integridad física o material de la persona o bien de la familia dentro de su propio domicilio
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Durante la tarde de este miércoles 21 de junio, en el Congreso del Estado se llevó a cabo la modificación de los artículos 31 y 87 del Código Penal del Estado con referencia a la legitima defensa, con lo cual se dará la certeza de que, en un momento dado, se pueda repeler una agresión que ponga en riesgo la seguridad de la familia en términos generales.

Vale la pena mencionar que la propuesta presentada por el diputado Alfredo Zamora García despenaliza el “exceso de legítima defensa”, por lo tanto, cuando una persona se vea obligada a defender su integridad y la de su familia ante la agresión concreta que se presente en su propio domicilio, ésta no ameritará una sanción.

Durante la lectura de exposición de motivos del dictamen, se reconoció que una persona actúa en defensa de su vida o bienes propios o ajenos, por lo cual “tiene la justificación de exteriorizar una conducta que dañará al agresor” por lo que no debería presentarse ninguna sanción penal.

La propuesta aprobada, en la Fracción VI del Artículo 31 del Código Penal señala señala que “en ningún caso se podrá actualizar o tipificar como exceso de legítima defensa o en cualquier otro delito o agravante que impliqué una pena privativa de la libertad ni ninguna otra sanción.

Finalmente, se reconocido que la legítima defensa “se da o no se da”, es decir, que no puede haber una legítima defensa a medias, por lo que una vez que se actualice el supuesto de la legítima defensa, no habrá exceso de la misma y no podrá sancionarse con pena que prive la libertad.


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