La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso de Baja California Sur dio a conocer que aprobaron la eliminación como requisito de procedibilidad la declaración previa de la Contraloría en el delito de enriquecimiento ilícito, con lo que se derogará y reformará el artículo 288 con el propósito de que se elimine lo antes mencionado.
“Punibilidad. Al autor de este delito se le impondrá de 2 a 9 años de prisión y el decomiso, en favor del Estado, de los bienes cuya legítima procedencia no pueda acreditar”, dicta el nuevo texto en el artículo 288 del Código Penal para el Estado de Baja California Sur después de la modificación planteada.
De esta manera, quienes sean acusados del delito de enriquecimiento ilícito, serán juzgados y no quedarán sin castigo, como ocurría anteriormente debido a la necesidad de contar con la declaración de la Contraloría General del Estado, tal como lo argumentaron en el dictamen.
Fue la diputada Guadalupe Vázquez la que propuso la iniciativa, además de que también buscaba que se ampliaran las penas por el acto delictivo en cuestión, pero en este segundo punto, la comisión determinó que las penas actuales eran suficientes, pues no hubo pruebas para dictar su incremento con el fin de la reinserción social.
De hecho, el Código Penal ya considera en su artículo 268 que las penas de este delito serán aumentadas hasta en un tercio dependiendo de las características del acto. De esta manera, la única modificación realizada fue la eliminación del requisito.