En 2019, se expidieron más de 3,000 certificados de defunción en BCS: Registro Civil

Foto: Isza Merino
El titular del Registro Civil Estatal comentó que es necesario contar con un registro de las personas que han muerto en Baja California Sur
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La Paz, Baja California Sur (BCS). El titular del Registro Civil en la enidad, Sergio Aguilar Avilés comentó que hasta inicios del mes de diciembre de 2019 se expidieron 3,380 actas de defunción en Baja California Sur; sin embargo, dijo no contar con las cifras de hombres y mujeres, ni el concepto de sus defunciones.

“Fueron 3,380 defunciones en el año, no tengo el dato correcto de cuántos hombres y cuántas mujeres, ni las causas”, refirió en una entrevista exclusiva para BCS Noticias.

En este sentido, dejó en claro la importancia de que los familiares acudan al Registro Civil a solicitar el acta de defunción, puesto que es necesario llevar un control de las personas que han perdido la vida, para evitar que se siga creyendo que están vivas.

“Es muy importante que lo presenten al Registro Civil porque es el que va a llevar a cabo el registro correspondiente, si no lo hiciéramos así ¿Cuánta gente estaría viva? y que ya falleció, eso nos ocasionaría un grave problema; nosotros como Registro Civil somos garantes de un derecho, somos responsables de llevar a cabo la seguridad jurídica, que es lo que precisamente se está dando”, expresó el funcionario.

Aguilar Avilés enfatizó que la Procuraduría General del Estado (PGJE) o el médico que atendió a la persona acaecida, debe expedir a los familiares un certificado de defunción, para que éstos lo lleven al Registro Civil e inmediatamente se hagan los trámites.

“El certificado de defunción lo tienes que llevar al Registro Civil, y los certificados de defunción los tiene que dar uno o la Procuraduría o el médico que atendió a la persona, porque son quienes deslindan responsabilidades”, explicó Sergio Aguilar.

Finalmente, el titular del Registro Civil en Baja California Sur comentó que, para que se inicie el registro del difunto en el libro de defunción, se requiere presentar un acta de nacimiento, un certificado de defunción y testigos, entre otras cosas.

“Se necesita presentar un acta de nacimiento, certificado de defunción, que el declarante presente su credencial, 2 testigos y un oficio expedido por Coepris, en caso de traslado”, concluyó.


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