En cantidad de menores que son corrompidas, BCS ocupa el tercer lugar a nivel nacional 

Foto: AP
Autoridades de seguridad pública dieron a conocer que Baja California Sur es el tercer estado donde más se corrompieron a mujeres menores de edad
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La Paz, Baja California Sur (BCS). El estado de Baja California Sur apareció como una de las entidades con mayor número de presuntas mujeres mejores de edad que sufrieron corrupción durante enero; esto, en una gráfica donde se considera el número de incidencias reportadas entre 100,000 mujeres. 

Baja California Sur se encuentra en el tercer puesto de este conteo, con 0.71 casos por cada 100,00 mujeres habitantes, solo por debajo de Baja California con 0.74 y Guanajuato que tiene 0.86. Al estado le siguen Nayarit, Nuevo León y Chihuahua con un claro descenso que llega hasta los 0.45, 0.38 y 0.36, respectivamente. 

Por su parte, los estados que no registraron ningún caso de corrupción contra mujeres menores de edad fueron Campeche, Durango, Guerrero, puebla, Querétaro, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Yucatán. 

“La contabilidad del delito de corrupción de menores incluye a los menores e incapaces de comprender el hecho delictivo. El conteo se realiza conforme al manual de llenado del Instrumento para el Registro, Clasificación y Reporte de los Delitos y las Víctimas CNSP/38/15”, explican en el documento que toma como base los registros de las diferentes Procuradurías y Fiscalías de las 32 entidades federativas en México.  

A nivel nacional, la tasa de casos fue de 0.17, según lo dio a conocer la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana junto al Sistema Nacional de Seguridad Pública, organismos encargados de compilar y publicar los datos anteriores. 

Cabe resaltar que, los delitos de corrupción contra menores implican casos donde se les convenció a los infantes de realizar acciones delictivas sin que éstos estuvieran enterados de que cometían un delito, tal como lo especifica el Artículo 201 del Capítulo II en el Título Octavo del Código Penal Federal. 

“Comete el delito de corrupción de menores, el que induzca, procure, facilite u obligue a un menor de dieciocho años de edad o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, prostitución, ebriedad, consumo de narcóticos, prácticas sexuales o a cometer hechos delictuosos”. 


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