Habrá prisión y multas de más de 447,000 pesos a quienes provoquen incendios forestes en BCS

Al ocasionarse un incendio por descuido o negligencia en Baja California Sur, la persona responsable alcanzaría hasta 3 años de prisión
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Este martes 4 de junio se presentó a votación una iniciativa de reforma de Ley que establece nuevas sanciones para quienes provoquen incendios forestales en Baja California Sur; quienes provoquen este tipo de percances de forma dolosa, es decir, de forma consciente, alcanzarán hasta los 8 años de prisión, así como multas de 89,490 pesos a 447,450 pesos (de 1,000 a 5,000 días de multa).

Lo anterior aplicará cuando se ponga en peligro un área natural protegida o área de valor ambiental, áreas forestales de jurisdicción estatal o municipal, así como áreas de palmares que se encuentren en oasis, arroyos, ríos o esteros.

De igual forma, quedó asentado que se impondrá una pena de 3 meses a 3 años de prisión y una multa equivalente de 8,949 pesos a 89,490 pesos (de 100 a 1,000 días de multa), a quien por descuido o negligencia provoque un incendio forestal que cause daño generalizados.

Las penas previstas aumentará en una mitad cuando el área afectada sea igual o mayor a 5 hectáreas o se afecten recursos forestales endémicos en una cantidad igual o mayor de 1,000 metros cúbicos.

En la normativa anterior vigente sólo establecía sanciones de 2 a 5 años de prisión y de 1,000 a 3,000, a “quien provoque un incendio que ponga en peligro las áreas naturales protegidas, área verde, dunas o zonas prioritarias en materia ambiental”.

Por otro lado, se modificó el Artículo 89 de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable en Baja California Sur, facultando a la autoridad municipal para atender incendios forestales; y en caso de que éstos superen su capacidad operativa, acudirá a la instancia estatal. Si ésto resultará insuficiente, se procederá a informar a la Comisión Nacional Forestal (Conafor), la cual actuará de acuerdo a los programas y procedimientos.

Finalmente, en la sesión desarrollada en el pleno del Congreso del Estado, se tuvo una votación unánime (20 diputados a favor, toda vez que uno de los legisladores presentó una falta justificada).

La propuesta abarcó la reformar la fracción V del Artículo 17 y el párrafo segundo del Artículo 89 de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Baja California Sur y el 389 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur.


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