Padres que den pensión y no avisen cambio de empleo, tendrán multa de 24,0000 pesos en BCS

Imagen ilustrativa (Foto: internet)
La iniciativa, que propone reformar el Código Civil de Baja California Sur, contempla multas de hasta 24,000 pesos
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Este jueves se presentó en el pleno legislativo una iniciativa con proyecto de decreto que obligará a los padres, que están relacionados a la pensión alimenticia de un menor en Baja California Sur, a dar aviso cuando cambian de fuente de empleo; de no hacerlo en el plazo de 3 días serán acreedores de multas que van desde los 16,000 a los 24,000 pesos. 

Esta multa se impone al patrón que niegue o falsee información relativa a sueldos de los trabajadores demandados, explicó la diputada promotora Elizabeth Rocha Torres, quien aseguró que el propósito del proyecto es salvaguardar el derecho alimentario de los acreedores. 

“Esta reforma busca obligar a los deudores alimentarios a dar aviso inmediato al juez que conozca la causa sobre los cambios en la situación laboral, en el entendido de que, si no lo hacen, incurrirán en responsabilidades de tipo civil”, declaró. 

Por su parte, recordó que en Baja California Sur el derecho de recibir y otorgar alimentos es una prerrogativa derivada del parentesco y en los casos previstos por la ley, del matrimonio o del concubinato. 

Los métodos en que los juzgadores salvaguardan el derecho de recibir alimentos son diversos, el más efectivo consiste en el descuento vía nómina de los deudores, haciendo entrega directa a la madre, padre o tutor según se trate. 

Las problemáticas surgen cuando el deudor de alimentos modifica constantemente su fuente de empleo, lo que sucede habitalmente, porque el Código Civil de Baja California Sur no establece la obligación de informar al juez los cambios de empleo. 

En esta situación, los acreedores alimentarios quedan en estado de indefensión hasta que ellos o sus tutores vuelven a solicitar al juez que exija al deudor el pago de los alimentos, refirió Elizabeth Rocha

Finalmente, la legisladora apuntó que este derecho contempla 2 ópticas, la primera del Estado como órgano garante de exigir el cumplimiento y la segunda sobre la obligación de personas de entregarlo.


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