Proponen incorporar el acoso sexual al Código Penal de BCS, con penas de hasta 2 años de cárcel 

Foto: Herring Defense
La incorporación de acosos sexual al Código Penal también busca penas de 1 a 2 años en prisión, una multa y la destitución de servidores públicos agresores
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La Paz, Baja California Sur (BCS). La Comisión de Igualdad de Género propuso ante el Congreso del Estado de Baja California Sur incorporar el acoso sexual al Código Penal de la entidad, con penas de hasta 2 años de cárcel. Fue la diputada Gabriela Cisneros la que recalcó la relevancia de contemplar la violencia que sufren algunas mujeres en espacios públicos. 

“El acoso sexual es una forma de violencia en la que, sin existir relación de subordinación entre la víctima y el agresor, éste con fines móviles o lascivos sexuales asedie, persiga, ofenda o moleste de manera física o verbal a una o a varias mujeres, o bien se exprese física o verbalmente de manera degradante con relación a la sexualidad de una o a varias mujeres, atentando contra su dignidad o su libertad en un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”, apunta la reforma al segundo párrafo del artículo 6-TER. 

Lo anterior es el texto que buscan incorporar de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para Baja California Sur. Cisneros Ruiz recalcó que es importante contemplar la violencia que sufren las mujeres en playas, parques y demás lugares públicos, pues según el INEGI, este delito registró su segunda mayor frecuencia en 2022 con 273,903 casos. 

Además, el 80.4 % de los casos anteriores corresponden a delitos de violencia familiar donde la víctima suele ser una mujer, mientras que el 8.4 % es de abuso sexual, un 6.6 % es violación simple o equiparada, el 2 % es acoso sexual y el 0.7 % es por hostigamiento sexual. 

Quien suele cometer esta clase de actos delictivos con fines lascivos sexuales, además de ofender y molestar de manera física o verbal a otras personas, al responsable se le impondrá una pena de 1 a 2 años de prisión, además de una multa que irá desde los 100 a 400 días. Mientras que, si el agresor es un servidor público, también sería destituido del cargo. 


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27 días hace

Oiga Doña, ya existe en el Código Penal, en el art 183, y también contempla el tema lo d los servidores públicos, esta desde diciembre del 2021, echele un ojito al Código

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