Proponen que se castigue, hasta con 3 años de prisión, el abandono de jornaleros en BCS

Foto: Bing
En el Congreso se busca que se tipifique como delito el abandono de jornaleros agrícolas en Baja California Sur; podrían ser hasta 3 años de cárcel
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Fue propuesto tipificar como delito el abandono de los trabajadores del campo en Baja California Sur, iniciativa impulsada por la diputada María Luisa Trejo Piñuelas; también se aborda la privación injustificada del salario a los jornaleros agrícolas. La pena podría ser de 1 a 3 años de cárcel, más una multa de 500 a 3,000 días. 

El proyecto del decreto diría lo siguiente: “A quien abandone en el territorio del Estado de Baja California Sur a una o más personas que tengan como actividad laboral la prestación de trabajo subordinado como trabajador del campo eventual o estacional, que se hayan trasladado de otra Entidad Federativa al estado, con motivo de la oferta de empleo como trabajador del campo realizada por el sujeto activo o por un tercero, se le impondrán de 1 a 3 años de prisión y multa de 500 a 3,000 días.  

“Se impondrán de a años de prisión y multa de 500 a 3,000 días a quien prive a un trabajador de una parte o del total del producto de su trabajo, sin que medie resolución judicial. Cuando la conducta sea cometida por un servidor público, se impondrá una pena de 2 a 5 años de prisión y multa de 1,000 a 4,000 días”, refiere el documento.  

Los motivos que se exponen a la asamblea legislativa para proponer dicha reforma son los siguientes: “Uno de los grupos con mayor marginación en el ámbito laboral, son los denominados trabajadores del campo […] una gran mayoría pertenecen a pueblos indígenas […] debido a las condiciones de pobreza y marginación se ven obligados a la búsqueda de empleo formal a través de la migración laboral dentro de nuestro país”. 

“Dichos trabajadores del campo los trasladan y los dejan abandonados, incumpliendo con la promesa de empleo, dejándolos a la deriva […] donde no tienen familiares […] un lugar donde cubrir sus necesidades sanitarias elementales y dormir”, refirió la promovente. 

En cuanto a la privación injustificada del salario, la legisladora de Baja California Sur comentó que es una práctica continua en la entidad: “También hemos tenido conocimiento que […] se continua con la práctica de la privación del salario del trabajador, sin que medie resolución judicial, contrariando lo que establece la última parte del primer párrafo del artículo 5 de nuestra Carta Magna”. 

Por esos motivos, la Diputada propone la adición de un título 9 “Delitos contra los trabajadores”, un capítulo primero “Abandono de trabajadores del campo”, artículo 400 y un capítulo segundo “De la violación a las leyes sobre protección al salario” y los artículos 401 y 402; todos estos en el Código Penal Estatal


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