Que remoción de delegados y subdelegados sea con el debido proceso, propone Diputada de BCS

La diputada de Baja California Sur propuso que los procesos para remover a delegados y subdelegados se anuncien a Cabildo y funcionarios involucrados
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Esta semana se presentó ante el poder legislativo una reforma al proceso para la remoción de delegados y subdelegados municipales por medio de adiciones a la Ley Orgánica Municipal de Baja California Sur, de tal manera en que se notifique el proceso de investigación a los implicados. 

“Debido a que en el actual proceso para la destitución de delegados y subdelegados municipales, no existen llamamientos a juicio como tal, donde se le haga saber al investigado que existe un procedimiento seguido en su contra y que se le dé un término prudente para responder y ofrecer pruebas”, justificó la impulsora de la iniciativa, Teresita Valentín. 

En el proyecto se propuso reformar la Ley Orgánica del Gobierno Municipal en sus artículos 85 y 86; la intención es que el proceso para remoción de delegados y subdelegados les permita recabar información y pruebas para responder a los señalamientos en su contra.  

Esto último, respetando sus derechos humanos, mismos que se vulneran cuando no se les anuncia que hay una indagatoria en su contra que les puede hacer perder el trabajo en dado caso de que no tengan contraargumentos previo a la emisión de resolución. 

“Podrán ser removidos a propuesta del propio Presidente Municipal, siempre y cuando se siga el mismo procedimiento para la remoción de los Delegados Municipales”, aclararon respecto a lo que ocurrirá si se aprueba esta reforma. 

Lo que se tiene pensado agregar al artículo 86 es lo siguiente: “el Presidente la hará del conocimiento del Cabildo y del Delegado Municipal que estuviese siendo investigado”, mientras que un artículo 86 Bis contendrá lo siguiente: “El Delegado Municipal contará con cinco días hábiles para presentar ante la Comisión que el Cabildo hubiese designado sus pruebas a desahogar, para que esa Comisión proponga al Cabildo el dictamen respectivo dentro de un plazo no mayor de 20 días hábiles siguientes al día de la presentación de las pruebas por parte del Delegado Municipal”. 


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