Que también existan candidatos con discapacidad, propone iniciativa ciudadana en el Congreso BCS

Foto: Oro radio
Iniciativa de Ley que propone que garantizarán las libertades políticas de las personas con discapacidad, podrán votar y ser votados, acusan Asociaciones Civiles de BCS
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Siguiendo la línea de la inclusión, Asociaciones Civiles proponen al Congreso de Baja California Sur una iniciativa ciudadana como decreto, mediante la cual se reformaría la Ley Electoral del Estado, modificando 7 artículos de dicho Código a fin de incluir a las personas con discapacidad en el proceso electoral como otro grupo vulnerable separado de los jóvenes, tal como se maneja actualmente.  

“La pertinencia de este tipo de medidas estriba, en que las personas con discapacidad pertenecen a un grupo excluido política y socialmente, el cual enfrenta obstáculos estructurales que complican el ejercicio de sus derechos políticos”, acusó la Iniciativa. 

Y es que —de manera desafortunada—, expresa el documento, todavía se impide a las personas con discapacidades psicosociales presentarse a la casilla el día de la elección, menos aún se les permite ser consideradas como candidatas a cualquier puesto de elección popular. 

Cuestión que debe ser de interés del Estado, generar las condiciones y mecanismos óptimos para que el voto sea recibido en un proceso electoral de forma efectiva, respetando los principios de igualdad y no discriminación. 

Por lo tanto, estas son las enmiendas de 7 artículos de la Ley Electoral de Baja California Sur, firmadas por el presidente de la Red por la Inclusión de Personas con Discapacidad en Baja California Sur, Francisco Díaz Zúñiga, el presidente de la Asociación Civil GECADIF, José Armando Mendoza Ramos, así como por el director general de la Asociación Civil de gracias, Rubén Ocampo Licea. 

Artículo 27. Diseñar promover y realizar acciones en materia capacitación y difusión que promuevan la no discriminación y los derechos electorales de las personas con discapacidad.  

Artículo 71. La Transmisión de los debates por medios audiovisuales deberá contar con interpretación en Lengua Mexicana de Señas y subtítulos en español.  

Artículo 95. Para el caso de las postulaciones de Diputaciones por Mayoría Relativa, el Instituto y los Partidos Políticos, garantizarán que todas las candidaturas de un distrito, se registren personas con discapacidad.  

Artículo 96. Registrando al menos una persona con discapacidad en las candidaturas a Diputados y una formula en todos los Ayuntamientos, por ambos principios.  

Artículo 97. El Instituto, en el ámbito de su competencia, tendrá facultades para rechazar el registro en los que no se integren a personas con discapacidad.  

Artículo 99. Registrando una fórmula de personas con discapacidad, garantizando los Partidos Políticos y el Instituto Estatal Electoral que un diputado sea persona con discapacidad. 

Artículo 129. Corresponde al presidente de la mesa directiva, asegurar el libre acceso de los electores, garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad, garantizar en todo tiempo el secreto del voto y mantener la estricta observancia de esta Ley. 

Cabe señalar que, en México hay 124.9 millones de personas, de las cuales el 6.3 % (7.8 millones) tiene discapacidad; luego de los 31.5 millones de hogares del país, el 6.1 millones vive al menos una persona con discapacidad (19 de cada 100). 

De la misma manera, la Encuesta Nacional sobre Discriminación de 2017 detectó que el 58.3 % de las personas con discapacidad declaró haber sido discriminadas por su condición. 

Es debido a lo anterior que los ciudadanos interesados, argumentaron que el Estado Mexicano, y, por ende, sus autoridades deben adoptar medidas pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos por la propia Convención, así como modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan una discriminación contra las personas con discapacidad. 

Finalmente, en el previo proceso electoral, las personas con discapacidad fueron incluidas entre los sectores que debían ser representados por los partidos políticos; sin embargo, se les consideró junto con los jóvenes, por lo que la mayoría de los candidatos propuestos de este rubo fueron políticos con edades más tempranas.  


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