Regidora del Ayuntamiento de La Paz participa en actos de campaña del PAN, en horas laborales

La regidora participó en eventos de campaña del partido albiazul en Baja California Sur, esto mientras estaba en horas laborales, acto que está prohibido de acuerdo a reglas electorales, indicó la Presidente del IEE en BCS
Comparte esta noticia en:

La Paz, Baja California Sur (BCS). La cuarta regidora del Ayuntamiento de La Paz por el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Sudcaliforniana (PRS), Ana Lorena Castro Iglesias, ha participado en diferentes actos de campaña del partido albiazul, estando en horas laborales y sin solicitar licencia de su puesto como regidora; lo cual está prohibido ante la ley y podría hacerse acreedora a una sanción por parte de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade).

Hace algunos días, la regidora asistió a una rueda de prensa del PAN, –misma que fue presidida por el presidente del organismo político, Javier Bustos– y donde participaron candidatos albiazules llamando al voto, esto, en horas laborales; al ser cuestionada sobre si tenía algún tipo de licencia o permiso para presentarse en este evento, ella prefirió evadir la pregunta.

“No está peleado el que yo sea regidora, con el partido, porque estoy también cumpliendo funciones en el partido y mi trabajo de regidora realmente no tengo un horario porque siempre estoy comprometida con lo que tengo que hacer y estoy a la orden siempre”, respondió.

Sin embargo, la consejera presidente del Instituto Estatal Electoral, Rebeca Barrera Amador, confirmó que este acto está prohibido de acuerdo a las reglas electorales: “La participación activa de servidores públicos en actos proselitistas, celebrados en días inhábiles, o fuera del horario laboral tiene sustento en las libertades de expresión, reunión y asociación (SUP-RAP-75-2010)”, cita textualmente el Artículo 134 constitucional del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Del mismo modo, de acuerdo a las líneas jurisprudenciales de este artículo: “La limitación al ejercicio de libertad de expresión, consistente que los funcionarios públicos no participen en actos proselitistas durante el tiempo de su encargo”, dice.

Es decir, los servidores públicos del aparato estatal o municipal tienen estrictamente prohibido involucrarse en actividades proselitistas durante su horario laboral, faltar al trabajo, hacer proselitismo en sus centros de trabajo o presionar a un compañero o subordinado para apoyar o afectar a algún participante de la contienda.

Finalmente, con base en las declaraciones de Jorge Bernáldez Aguilar, director general de Responsabilidades en la Secretaría de la Contraloría de la Fepade, el servidor público puede participar en actos proselitistas, pero fuera de horarios laborales o en días inhábiles; de no hacerlo, se estaría violentando la ley y pudiese hacerse acreedor a una sanción de la Fiscalía.

“El servidor público tiene derechos y obligaciones. Entre los primeros está el participar en los procesos electorales, pueden asociarse, pertenecer libremente al partido que más le convenga y prefiera, incluso lo puede apoyar, pero fuera de la jornada laboral y mantener siempre los principios de legalidad, transparencia, honradez, lealtad e imparcialidad que corresponden”, finalizó.

Al respecto, el líder de Morena en BCS, Alberto Rentería Santana confirmó que tanto a ella como a Silvia Puppo, mamá del candidato panista, Marco Antonio Almendáriz Puppo, se les interpuso oficialmente una demanda ante la Fepade, misma que fue presentada ante los medios de comunicación la mañana de este lunes 11 de junio.


Comparte esta noticia en:
×