Ya es delito: quienes difundan ‘packs’ sin autorización en BCS, pagarán hasta 170,000 pesos

Foto: El Sol de Torreón
La iniciativa de origen ciudadano fue aprobada por unanimidad de votos en el Congreso de Baja California Sur
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La Paz, Baja California Sur (BCS). A poco más de un mes que se presentará una iniciativa ciudadana que pretendía castigar la difusión de “packs” ─paquete o lote de fotos íntimas─ en Baja California Sur, fue aprobado el proyecto de ley en el Congreso del Estado; quien obtenga, difunda y pida este tipo de contenidos podrá ir a la cárcel hasta por 6 años y pagar multas que llegan a los casi 170,000 pesos.

Para quienes envíen, almacenen u hostiguen con contenido no requerido en una o más ocasiones y cause daño en la dignidad de la persona serán merecedores de una pena de 11 meses a 6 años de prisión, así como una multa que va desde los 4,224.5 pesos a los 59,143 pesos (de 50 a 700 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, vigente al momento de la comisión de delito).

En caso de tratarse de una menor, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo, por lo que la sanción aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta 2 terceras partes de la máxima.

De igual forma, se establece que se tomará como delito de violación a la intimidad sexual cuando: se “divulge, comparta, distribuya, publique y/o solicite la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido erótico sexual, por cualquier medio ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima”.

En este apartado, también se considera a quien “divulgue, comparta, distribuya publique y/o solicite por cualquier medio el contenido íntimo o sexual, sin el consentimiento de la víctima”; por lo que la conducta se sancionará de 3 a 6 años de prisión y multa de  84,490 pesos a 168.980 pesos (de 1,000 a 2,000 veces diario de la UMA vigente).

En Baja California Sur el delito se perseguirá por denuncia de la víctima, salvo que sea menor de edad o persona con discapacidad que vicie su contenido, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

De distribuirse este contenido sin el consentimiento en medio de comunicación o plataforma digitales, la autoridad ordenará a la empresa de prestación de redes sociales o medio de comunicación retirar inmediatamente el contenido.

De tener relación de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil con la víctima u ofendido, la pena se incrementará hasta una tercera parte.

Las anteriores penas ( de 3 a 6 años de prisión y multas entre los 84,490 pesos a los 168.980 pesos) también se aplicarán contra quienes obtengan de dispositivos móviles o de almacenamiento de datos físico o virtual, cualquier imagen, vídeos, textos o audios sin autorización del titular. De efectuarse esto último con violencia, la sanción aumentará en una tercera parte.

Finalmente, se detalló que ambas leyes entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado en Baja California Sur.

La iniciativa ciudadana promovida por Christa González, se presentó el pasado 11 de abril, y fue aprobada por unanimidad de votos. El proyecto reforma el Artículo 183 Bis y se adiciona un capítulo IV ter denominado “delitos contra la intimidad sexual” dentro del Código Penal de Baja California Sur; además se adiciona una fracción VII al Artículo 4 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la entidad.


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