Cofece investiga a Exportadora de Sal de Guerrero Negro, por prácticas monopólicas

La Comisión Federal de Competencia Económica dio a conocer el inicio de una investigación por denuncia por prácticas monopólicas de Exportadora de Sal (ESSA) de Guerrero Negro; cosecha el 82 % de la producción nacional
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Guerrero Negro, Baja California Sur (BCS). La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) dio a conocer el extracto del acuerdo de inicio de investigación por denuncia, por la posible realización de prácticas monopólicas en las actividades económicas relacionadas con la sal; se precisa que en el 2014, México exportó poco más de 9 millones de toneladas de sal, de las cuales 8.98 millones (87.4 %) de la producción nacional, correspondieron a la paraestatal Exportadora de Sal (ESSA) de Guerrero Negro, municipio de Mulegé, la salinera más grande del mundo y que genera 82 % de la producción nacional.

El Economista publica que en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en su página de Internet, la Cofece destacó que se trata de la denuncia DE-016-2015, relativa al mercado de la producción, distribución y comercialización al mayoreo de sal; Eduardo Sansores, director de operaciones de Industria Salinera de Yucatán, declaró que “las exportaciones de sal de México se realizan prácticamente como una materia prima, sin valor agregado, y además el país tiene un bajo consumo de sal para consumo industrial, lo que nos habla de su bajo grado de industrialización”,

Actualmente, precisa Cofece, la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) establece como prácticas monopólicas las referentes a actos, contratos, convenios o procedimientos que realizan una o más empresas con poder sustancial, con la intención de desplazar de manera indebida a otros agentes económicos del mercado relevante; lo anterior, mediante la segmentación de mercados por territorio o clientes, fijación de precios de reventa, compras o ventas atadas, exclusividades, negativas de trato, boicot, depredación de precios, subsidios cruzados, discriminación de precios y elevación de los costos del rival, se cita en la fuente.

Para el desarrollo de esta indagatoria, y dado el periodo en el que posiblemente se realizaron algunas de las conductas que dan origen a la investigación, ésta se efectúa con fundamento en diversos artículos de la LFCE de 1992, así como en la nueva ley publicada en el DOF, el 23 de mayo del 2014; para llevar a cabo la investigación, la autoridad investigadora tiene como plazo entre 30 y 120 días hábiles, contados a partir de la fecha del acuerdo de inicio de la investigación, en este caso el 1 de diciembre del 2015, mismo que podrá ser ampliado hasta por 4 ocasiones. Por último, se señala que conforme a la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, podría ordenar la corrección o supresión de la misma.

Con información de El Economista / Foto: Archivo.


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