Facultan al Gobernador de Baja California Sur para decretar Áreas Naturales Protegidas

Las zonas decretadas tendrán como objetivo evitar la práctica de cualquier tipo de actividad o actividades que causen contaminación, desequilibrio ecológico o afecte al equilibrio de los ecosistemas
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Con el objetivo de garantizar a los habitantes de Baja California Sur un medio ambiente sano, el Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Constitución Política del Estado y la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental, otorgando facultades al gobernador del Estado para decretar Áreas Naturales Protegidas y Zonas de Salvaguarda Territoriales para prevenir la contaminación.

El documento presentado define la figura de la Zona de Salvaguarda de Aguas Subterráneas para Consumo humano aquellas existentes en el territorio estatal, “cuyos atributos ambientales y servicios derivados permiten la recarga de los acuíferos y cuerpos de agua superficiales para proteger las aguas subterráneas, reduciendo el deterioro de su calidad, evitando su contaminación, además de reducir el nivel de tratamiento de purificación”.

La iniciativa modifica el Artículo 148 de la Constitución que aborda las facultades y obligaciones de los Ayuntamiento en la entidad, agregándose un Artículo VII BIS que define como nuevas facultades el “incorporar planes y programas de desarrollo urbano como uso de suelo de conservación, los decretos de Áreas Naturales Protegidas y Zonas de Salvaguarda Territoriales para la Prevención de la Contaminación, emitidas por el Gobierno del Estado.

No se otorgarán los permisos para construcciones, cualquiera que sea su tipo, que tengan como propósito, el manejo, la acumulación o resguardo de materiales peligrosos, conforme a la Ley en la materia de Equilibrio Ecológico vigente en la entidad.

De igual forma, se aprobaron modificaciones a la Ley del Equilibrio Ecológico, en el sentido de que el Artículo 100 Ter precisa que el Gobernador del Estado “podrá decretar por causas de utilidad pública zonas de salvaguarda territoriales para la prevención de la contaminación”.

Estas zonas serán decretadas con el objetivo de evitar la práctica de cualquier tipo de actividad o actividades que puedan causar contaminación, desequilibrio ecológico o afectar el equilibrio de los ecosistemas.

Para que las zonas se constituyan serán coincidentes en su delimitación con las cuencas hidrológicas ya establecidas geográficamente por la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Finalmente, la presidenta de la Junta de Gobierno, Milena Quiroga Romero, indicó que el dictamen se trabajó con organizaciones sociales relacionadas con la protección del ambiente y con instituciones públicas.


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