Profepa detuvo a camión con 30 toneladas de residuos peligrosos en La Paz; iba a Sinaloa

Cabe destacar que la empresa se encuentra registrada ante Semarnat como pequeño generador, que comprende entre 400 kg. y 10 toneladas de residuos.
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La Paz, Baja California Sur (BCS). La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), en coordinación con la Administración General de Aduanas (AGA) del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aseguró 30 toneladas de residuos peligrosos –baterías de auto– a la empresa DIAN Procesos Metalúrgicos ubicado en el Puerto de Pichilingue, de la capital de la media península.

En ese sentido, la dependencia informó que la empresa inspeccionada no avaló tener autorización para el transporte de dichos residuos peligrosos  emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Al momento de la revisión por parte del personal de la Delegación Federal de la Profepa en la entidad, el conductor del vehículo mostró un documento para el transporte de residuos peligrosos en copia simple con la leyenda “Documento sin valor previa autorización de DIAN, Procesos metalúrgicos”, lo cual, como se lee, no es una acreditación oficial.

Inspectores de la Profepa observaron inconsistencias en la información asentada en el manifiesto de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos, dado que no especificaba la cantidad de residuos que se transportaba y no contaba con la firma del operador de vehículo, ya que el inspeccionado tampoco contaba con póliza de seguro vigente para daños a terceros o afectación ambiental.

Debido a lo anterior, el tracto camión y el contenedor con los residuos peligrosos fueron asegurados cuando pretendían ser embarcados en un ferry rumbo al estado de Sinaloa.

Cabe destacar que la empresa se encuentra registrada ante Semarnat como pequeño generador, que comprende entre 400 kg. y 10 toneladas de residuos.

Las baterías o acumuladores de automóvil usadas están consideradas por la legislación ambiental mexicana como residuos peligrosos por contener ácido y plomo, el primero es corrosivo y el segundo altamente tóxico y el transportarla sin autorización se castigan, de conformidad con el artículo 112, fracción V, con multa por el equivalente de 20 a 50,000 de Unidades de Medida y Actualización.


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