Buscarán crear el Registro de Deudores Alimentarios en BCS; también contemplan embargos

De ser aprobada, en caso de incumplimiento de las obligaciones alimentarias por un plazo de 60 días, el juez familiar podrá solicitar una inscripción al padrón de deudores y con ello proceder a un embargo de bienes
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Con la finalidad de detectar a las personas que no cumplen con el pago de las pensiones alimentarias en Baja California Sur, la diputada Norma Peña Rodríguez presentó una iniciativa para crear el Registro Estatal de Deudores Alimentarios.

En ese sentido, se informó que dicho padrón servirá para ser consultado, por ejemplo, al momento de contraer matrimonio, a fin de tener el conocimiento si alguno de los involucrados es un deudor alimentario moroso.

Cabe resalta que a pesar de que existen disposiciones legales que señalan a los alimentos como un derecho respeto del acreedor, así como una obligación para quien debe otorgarlos, su cumplimiento no siempre es voluntario, puntual o constante, por lo que se da seguimiento a diversos mecanismos enfocados al reclamo del pago.

El dictamen contempla que, para entrar dentro del registro, el “deudor alimentario moroso” debe haber dejado de cumplir con sus obligaciones establecidas por convenio judicial por un plazo de 60 días, en forma consecutiva o intermitente.

Asimismo, la legisladora indicó que actualmente el marco jurídico no regula los mecanismos eficaces que puedan resultar ineludibles, a pesar de que se ha creado todo tipo de garantías para asegurar el pago.

Por su parte, la iniciativa propone que el juez familiar, una vez comprobado el incumplimiento de las obligaciones por el plazo ante referido, podrá ordenar la inscripción del deudor alimentario al Registro Estatal de Deudores Alimentarios y con ello se podrá embargar los bienes que considere suficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones.

Finalmente, el juez podrá solicitar al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, la búsqueda de inscripciones de bienes a nombre del deudor alimentario y en caso de existir, se realizará la anotación preventiva de la orden judicial, la cual surtirá efectos de embargo precautorio.

Con información de El Sudcaliforniano


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