Profepa multó a 2 embarcaciones en La Paz, por avistamiento ilegal de tiburón ballena

Cabe destacar que ambas embarcaciones suman multas de hasta 80,000 pesos. 
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La Paz, Baja California Sur (BCS). La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en su delegación en Baja California Sur aseguró 2 embarcaciones al ser sorprendidas en actividades de aprovechamiento no extractivo mediante observación y nado con Tiburón Ballena, sin autorización. Cabe destacar que ambas embarcaciones suman multas de hasta 80,000 pesos.

La primera embarcación fue sancionada con multa de más de 50,000 pesos; la segunda, por más de 30,000 pesos, por incumplir el Plan de Manejo de Tiburón Ballena.

En ese sentido, la dependencia destacó que se han  realizado 31 recorridos de vigilancia en la zona de observación y nado con Tiburón Ballena de la Bahía de La Paz, para garantizar el cumplimiento de la legislación que regula esta actividad.

En el marco de las acciones para la protección y conservación del Tiburón Ballena (Rhincodon typus) durante la presente temporada de avistamiento, que inició el pasado 1 de Octubre, la Profepa incrementó la vigilancia para el cuidado del ambiente y la diversidad de especies de flora y fauna.

Como resultado de esta actividad, se aseguró 2 embarcaciones sorprendidas en actividades de aprovechamiento no extractivo del Tiburón Ballena, sin la autorización correspondiente expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Asimismo, se instauró procedimiento administrativo contra los responsables de las embarcaciones «La fortuna»; «La Liona» y «Diana Cristina II», por incumplimiento al Plan de Manejo para el aprovechamiento del Tiburón Ballena, debido a que no acreditaron en las inspecciones practicadas que el Guía o Capitán se encuentren certificados para realizar esta actividad.

Cabe señalar que los artículos 104 de Ley General de Vida Silvestre y 138 de su Reglamento establecen que a las personas inscritas en dicho Padrón no se les otorgarán autorizaciones de aprovechamiento, ni serán sujetos de transmisión de derechos de aprovechamiento no extractivo de vida silvestre.


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