Buscan prisión y multas para quien someta y obstaculice identidad de género en BCS

Sentenciarán con 4 hasta 7 años de cárcel a quien someta y obstaculice la identidad de género de una persona, en BCS; la pena aumentará cuando la víctima sea menor de edad
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La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso de Baja California Sur abordó la primera lectura del dictamen que busca adicionar un artículo 205 TER, al Código Penal, donde se especifica que se sancionará con 4 hasta 7 años de cárcel a quien someta u obstaculice la identidad de género de una persona. La condena aumentará cuando la víctima sea un menor de edad y quien cometa el acto ilícito tenga algún vínculo con la parte afectada, así como una autoridad pública.  

“Se impondrá de 4 a 7 años de prisión y multa de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien someta, condicione, presione, realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que imponga, obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”, detalla la iniciativa.  

Esta reforma fue decretada por la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, a raíz de un proyecto presentado por el presidente del Frente Nacional por la Familia en Baja California Sur (FNF), Rafael Loera Vázquez. Asimismo, señalaron que, también se sancionará con una multa de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). 

Además, cuando la víctima sea un menor de edad, la condena aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta 2 terceras partes de la máxima, debido a que, en este caso, el afectado sufre un daño a su dignidad, ya que es una persona en desarrollo psicoemocional y físico.  

Cuando la víctima sea niño, niña o adolescente, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima”, especificaron.   

Por otra parte, las sanciones incrementarán al doble, cuando el victimario tenga alguna relación laboral u otra que implique una subordinación. También, cuando una persona se valga de su función pública, la pena será la destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.   

“Cuando la persona autora tuviere para con la víctima alguna relación laboral o cualquier otra que implique una subordinación […] cuando la persona autora se valga de la función pública para cometer el delito. En este caso, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta”, se menciona.  

Para culminar, se informó que, en caso de reincidencia por parte de una autoridad, la inhabilitación será definitiva; este delito se investigará y perseguirá por oficio o por denuncia. La propuesta continuará con su proceso legislativo.  


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