Se contemplan nuevas multas para vehículos no motorizados en La Paz; comenzará en enero de 2024 

Foto: Archivo
Los vehículos no motorizados también serán acreedores a sanciones económicas por el desacato al Bando de Policía, Buen Gobierno y Justicia Cívica de La Paz
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La Paz, Baja California Sur (BCS). En el Boletín Oficial del Gobierno de Baja California Sur se publicaron reformas, derogaciones y adiciones a la Ley de Hacienda para el Municipio de La Paz, en la cual se contemplan multas para vehículos no motorizados, mismas que entrará en vigor el 1 de enero de 2024. 

Las sanciones por desacato al Bando de Policía, Buen Gobierno y Justicia Cívica del Municipio de La Paz, Reglamento de Tránsito para la Movilidad Segura para el Municipio de La Paz, Baja California Sur, Reglamento de Transporte Público de Carga y Pasajeros y demás disposiciones vigentes en el Municipio de La Paz, se impondrán de acuerdo con la siguiente clave, concepto y tarifa”, reza el artículo 154. 

En este artículo se establece que, al no contar con faro frontal de la luz blanca y reflejante de luz en la parte posterior, se deben pagar 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA), el cual está en 103.74 pesos este 2023, es decir, que rondaría los 515 pesos; sin embargo, se debe aclarar que los precios aumentarían este 2024, debido a la actualización de la UMA.  

Por circular en contra del sentido de la vía, se estima una sanción de 10 UMA (por lo que alcanzaría los 1,030 pesos, aproximadamente); pasarse alto de semáforo, 15 UMA (es decir, cerca de 1,545 pesos); no otorgar la preferencia de paso en las intersecciones controladas por semáforos, 15 UMA.  

También se multaría a quien no otorgue la preferencia de paso en zonas donde co-exista infraestructura peatonal y paso de vehículos no motorizados, con 15 UMA; sujetarse a otros vehículos que transiten por la vía pública, 10 UMA. 

Aunado a estas infracciones, también se establecen sanciones como: llevar carga que constituya un peligro para la persona conductora, así como para otras personas, 5 UMA; circular sobre banquetas y zonas peatonales, 5 UMA; estacionar el vehículo no motorizado donde se obstruya el libre paso a personas peatonales, 5 UMA; así como huir o retirarse del lugar donde la policía municipal le esté dando indicaciones, así como modificar o alterar la escena de un lugar de los hechos, 15 UMA. 

También se precisan multas para quienes intenten sobornar, ofender o violentar al policía municipal que le esté dando indicaciones, 5 UMA; circular con mascotas, excepto si las transportan en canastilla debidamente asegurada, 5 UMA.  

Circular entre vehículos de motor que se encuentren en movimiento, tendrá un costo de 5 UMA, según la cifra actualizada; circular con la bicicleta apoyada en una sola rueda, 5 UMA; circular zigzagueante entre vehículos y peatones, 10 UMA y finalmente, conducir bajo los efectos del alcohol, enervantes, estupefacientes, psicoactivos, y cualquier otro que produzca efectos similares, 5 UMA.  

Según el Reglamento de Tránsito de La Paz, un vehículo no motorizado es aquel que se mueve por tracción humana, como las bicicletas, monociclos, triciclos, cuadriciclos, monopatines, y aquellos asistidos por motores de baja potencia, es decir, que no pueden alcanzar velocidades mayores a los 25 kilómetros por hora (km/h).  

El documento también señalaba que, en caso de que la Policía Municipal detecte a usuarios de este tipo de unidades, que no cumplan con las disposiciones establecidas, serían informadas verbalmente de sus derechos y obligaciones.  


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La verdad no mata pero raspa
Invitado
La verdad no mata pero raspa
4 meses hace

Ya no saben por dónde sacar dinero, también que cobren impuesto por tener ventanas y balcones!
Ahora cuídense morros…los vana traer jodidos los polecias.

AsiNomas
Invitado
4 meses hace

No mentir, no robar, no traicionar… Bueno está y ya.
¡Excelente forma extorsionar por vía legal!

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