BCS tendrá una nueva Ley de Atención Médica Prehospitalaria; ya fue aprobada en el Congreso 

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Con la nueva normativa, se buscará combatir 8 fallas detectadas por autoridades federales en el modelo de atención prehospitalaria en BCS
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La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso de Baja California Sur aprobó por unanimidad de votos una nueva Ley de Atención Médica Prehospitalaria para el Estado y los Municipios, misma que sustituye a la Ley aprobada por la pasada legislatura en 2019, misma que nunca tuvo vigencia, porque no fue publicada en el Boletín.  

Con esta normativa se establecen criterios de organización y sistematización de la atención prehospitalaria hacia la población que requiere el servicio; integra a diferentes actores prestadores del servicio.  

La nueva ley coloca a la Secretaría de Salud como rectora del Sistema Integral de Atención Médica Prehospitalaria en Baja California Sur, misma que será quien coordine y vigile los trabajos del Sistema, por medio del Consejo Estatal para la Prevención de los accidentes.  

“Se estandarizarán los procedimientos en la atención de urgencias y emergencias médicas para que ésta sea oportuna, eficiente, de calidad y para que contribuya a reducir la mortalidad, la morbilidad y las complicaciones de las personas”, refirió el Poder Legislativo.  

La propuesta tiene como propósito combatir 8 fallas detectadas por el Gobierno Federal y que señalan en el modelo de atención prehospitalario. Asimismo, se atenderá la deficiencia en la red de comunicaciones, la infraestructura, unidades móviles, la falta de apego a las normativas y la certificación de prestadores de servicios, por mencionar algunos.  

La anterior ley establecía la creación de un organismo descentralizado, el cual requería una estructura organizacional y funcional, representando una carga adicional al presupuesto; sin embargo, con esta nueva ley se aprovecha la estructura ya existente.  

“El Poder Ejecutivo expedirá las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley en un plazo no mayor a 6 meses, contados a partir de la entrada en vigor […] la Secretaría de Salud elaborará el reglamento, así como los protocolos, manuales y lineamientos en un plazo no mayor a 90 días”, detallaron.  

Finalmente, los servicios de urgencias y emergencias médicas adoptarán las medidas de capacitación, equipamiento y demás obligaciones en un plazo que no exceda un año; mientras que, los gobiernos estatal y municipales, realizarán los ajustes de presupuesto.  


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