Congreso de BCS propone reforma para reconocer labor de cuidadores y trabajadoras del hogar 

La Comisión de Igualdad de Género del Congreso propuso que los derechos de las personas cuidadores y trabajadoras del hogar sean garantizados como remunerados en BCS
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La Paz, Baja California Sur (BCS). Desde la Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado de Baja California Sur, se propuso el reconocimiento de derechos y garantías de remuneración para personas cuidadoras y para trabajadoras del hogar, pues también aportan a la vida productiva de la sociedad. 

La solicitud se realizó en el Primer Parlamento de Mujeres llevado a cabo por la XVI Legislatura del Congreso sudcaliforniano, específicamente durante la sesión de la Diputación Permanente

Así, la secretaria de la Comisión de Igualdad, diputada Teresita Valentín, presentó propuestas de reformas a la Constitución del Estado mediante la mención de varias leyes que necesitan cambios: de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Desarrollo Social, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y una Orgánica de la Administración Pública; todas con el fin de garantizar los derechos de las trabajadoras domésticas e incluirlas en el empleo formal. 

Como un intento de búsqueda de igualdad y no discriminación, la iniciativa declara: “es necesario un trabajo colectivo entre el gobierno federal, el sector privado y la sociedad, para reconocer que el trabajo en el hogar es fundamental en nuestra vida diaria y que éste a su vez contribuye a la economía del país, por lo que son necesarios 3 elementos clave: dignidad, justicia y derechos”. 

Igualmente, busca reformar el artículo 8 de la Ley de Desarrollo Social para que “los programas y proyectos del Estado en materia de desarrollo social, así como los municipales, deberán guardar congruencia con el federal y deberán contemplar prioritariamente […] la educación, la salud, la nutrición y alimentación, la vivienda digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente sano, sustentable, el trabajo digno, la capacitación para el trabajo bien remunerado, la seguridad social, la igualdad sin discriminación, en los términos que señala la Constitución”. 

Destaca la adición de la fracción X Bis al artículo 11 de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el Estado para “garantizar los derechos de las personas que necesitan cuidados y las que son cuidadoras, a través del reconocimiento, redistribución, reducción, remuneración digna, representación, por su contribución a la economía y consideración de las relaciones afectivas en el cuidado y en el trabajo de cuidados como generador de bienes y servicios para la producción y reproducción con justicia social”. 

Asimismo, la solicitud promueve en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la de la Administración Pública del Estado: “Elaborar diagnósticos con perspectiva de género sobre la situación de las comunidades marginadas indígenas y afromexicanas, tanto en áreas rurales como urbanas”. 

La iniciativa fue turnada por la Mesa Directiva a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, de Asuntos Fiscales y Administrativos, de Igualdad de Género y de Desarrollo Social para su análisis y dictamen. 


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